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Conoce sobre la seguridad y la confidencialidad que rigen al Instituto Nacional de Estadísticas (INE), durante el Censo 2024
Toda la información que las personas entregan a los censistas se encuentra protegida por la Ley 17.374 que rige al INE. Las respuestas que se entreguen solo serán usadas para producir estadísticas.
El secreto estadístico es un tipo de protección de datos de carácter especial y absoluto, a diferencia de lo que ocurre con otras reglas de confidencialidad o reserva existentes en el ordenamiento jurídico, como la reserva tributaria, el secreto bancario, entre otros. No admite excepciones de ninguna especie, no se extingue por el transcurso del tiempo, no permite renuncia expresa, entre otros y su obligación recae tanto en los funcionarios y colaboradores, como en la organización.
En ese sentido, el artículo 29 de la ley 17.374, indica que el INE no puede entregar información a ningún organismo, público o privado, haciendo referencia a una persona o dirección en particular. Es decir, no pueden difundir ni compartir el nombre, apellido, domicilio, ocupación, o cualquier dato específico de una persona o vivienda que permita su identificación.
La infracción de esta normativa es sancionada con penas que van hasta los tres años de reclusión y multas que pueden alcanzar las 10 UTM. La ley vela por que la información de todas las personas se resguarde en confidencialidad, y sea usada sólo con fines estadísticos.
Por tanto, todas las personas que forman parte del INE están sujetas a la obligación de la confidencialidad.
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