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Viajar con mascotas en verano: las prohibiciones y sanciones que establece la ley
Con la llegada del verano y el aumento de los viajes familiares, el transporte responsable de mascotas se vuelve un tema relevante.
La Ley de Tránsito 18.290 establece normas específicas para resguardar la seguridad de animales y ocupantes durante los traslados terrestres. La legislación prohíbe llevar mascotas en los asientos delanteros y fija sanciones económicas en caso de incumplimiento, además de exigir medidas de seguridad cuando son transportadas en vehículos abiertos.
Durante la temporada estival, cada vez más familias consideran a sus mascotas como parte de las vacaciones. Frente a este escenario, la Ley de Tránsito 18.290 regula la forma en que los animales domésticos deben ser transportados en vehículos motorizados, con el objetivo de prevenir accidentes y riesgos en la conducción.
El artículo 76 de la normativa 18.290 señala que “se prohíbe el transporte de animales domésticos en los asientos delanteros de los vehículos”. Asimismo, establece que cuando las mascotas sean trasladadas en la parte trasera de camionetas u otros vehículos abiertos, deberán ir “suficientemente aseguradas con arneses especiales”.
Al respecto, el director de Tránsito y Transporte Público, Miguel Catejo explicó que el incumplimiento de esta disposición constituye una falta leve. “Transportar mascotas en el asiento delantero expone al conductor y al animal a situaciones de riesgo, y puede derivar en multas que van desde 0,2 a 0,5 UTM”, señaló.
Además, agregó que en el caso de que la mascota viaje en la parte trasera, siempre debe ir con un arnés que debe sujetarse con el cinturón de seguridad.
Desde el ámbito municipal se hace un llamado a los conductores a informarse y cumplir con la normativa vigente, considerando que el transporte seguro de mascotas es parte de una conducción responsable y de la protección del bienestar animal.
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