IMPORTANTE
El paciente crónico debe acreditarse como tal, con un certificado, registro o receta médica.
De acuerdo a lo informado por el Ministerio de Salud, la población que puede recibir la vacuna, corresponde a “aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite, excluyendo a aquellos que están transitoriamente en el país exclusivamente con una visa de turistas”.
Atención por orden de llegada.
Si tiene dudas, comuníquese al 22 756 1190.